{"id":4935,"date":"2025-07-23T14:04:18","date_gmt":"2025-07-23T12:04:18","guid":{"rendered":"https:\/\/ces.pacay.es\/?p=4935"},"modified":"2026-04-09T10:41:15","modified_gmt":"2026-04-09T08:41:15","slug":"dictamen-del-ces-sobre-el-proyecto-de-decreto-por-el-que-se-establece-el-procedimiento-de-concesion-y-de-pago-de-la-ayuda-economica-a-victimas-de-violencias-sexuales","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/ces.pacay.es\/es\/dictamen-del-ces-sobre-el-proyecto-de-decreto-por-el-que-se-establece-el-procedimiento-de-concesion-y-de-pago-de-la-ayuda-economica-a-victimas-de-violencias-sexuales\/","title":{"rendered":"Dictamen del CES sobre el proyecto de decreto por el que se establece el procedimiento de concesi\u00f3n y de pago de la ayuda econ\u00f3mica a v\u00edctimas de violencias sexuales"},"content":{"rendered":"<p>El CES Vasco valora positivamente esta iniciativa que busca mejorar las condiciones de un colectivo especialmente vulnerable como es el de las mujeres, ni\u00f1os y ni\u00f1as v\u00edctimas de violencias sexuales, a fin de garantizar su autonom\u00eda econ\u00f3mica.<\/p>\n<p>El Consejo Econ\u00f3mico y Social Vasco ha emitido un informe sobre el \u201cProyecto de Decreto por el que se establece el procedimiento de concesi\u00f3n y de pago de la ayuda econ\u00f3mica a v\u00edctimas de violencias sexuales, prevista en el art\u00edculo 41 de la Ley Org\u00e1nica 10\/2022, de 6 de septiembre, de Garant\u00eda Integral de la Libertad Sexual\u201d, trasladado por el Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demogr\u00e1fico. Tras analizarlo el Consejo plantea unas consideraciones que deber\u00edan tomarse en cuenta en la tramitaci\u00f3n del proyecto de Decreto.<\/p>\n<p>El objeto de esta norma es regular el procedimiento de de concesi\u00f3n y el pago de la ayuda econ\u00f3mica prevista en el art\u00edculo 41 de la Ley 10\/2022, de 6 de septiembre, de garant\u00eda de la libertad sexual y desarrollada por el Real Decreto 664\/2024, de 9 de julio, dirigida a v\u00edctimas de violencias sexuales que carezcan de rentas suficientes. El prop\u00f3sito es facilitar la autonom\u00eda econ\u00f3mica de las v\u00edctimas, as\u00ed como su recuperaci\u00f3n integral.<\/p>\n<p>Estas normas hacen necesario que se regule el procedimiento de concesi\u00f3n y pago de tales ayudas por parte del Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demogr\u00e1fico, al tener atribuidas tales funciones. De esto se ocupa el presente Proyecto de Decreto, que desarrolla las normativas citadas para mejorar las condiciones de un colectivo especialmente vulnerable como es el de las mujeres, ni\u00f1os y ni\u00f1as v\u00edctimas de violencias sexuales, a fin de garantizar su autonom\u00eda econ\u00f3mica y facilitar as\u00ed su recuperaci\u00f3n integral.<\/p>\n<p>En este sentido, el CES Vasco valora positivamente la finalidad del presente Decreto, pero el Consejo introduce algunas consideraciones como propuestas de mejora del texto analizado, ya que considera que el legislador tiene margen para mejorar las condiciones requeridas para el acceso a las ayudas, con el fin de que el n\u00famero de potenciales personas beneficiarias sea mayor.<\/p>\n<p>En primer lugar, es un requisito que las personas beneficiarias est\u00e9n empadronadas en el momento de presentar la solicitud en cualquier municipio de la CAE. Sin embargo, pueden existir casos de v\u00edctimas de violencias sexuales que se encuentren en situaci\u00f3n administrativa irregular, por lo que la obligatoriedad del empadronamiento limitar\u00eda su acceso a las ayudas. Por eso, el Consejo propone que las v\u00edctimas puedan acceder a las ayudas mediante la acreditaci\u00f3n de su registro en el sistema de salud, a trav\u00e9s de la tarjeta individual sanitaria (TIS).<\/p>\n<p>El CES Vasco tambi\u00e9n considera que debe evitarse que las exigencias burocr\u00e1ticas puedan ser un impedimento para el acceso a las ayudas, sobre todo habida cuenta de que las v\u00edctimas suelen haber sufrido experiencias vitales muy graves. Por eso, el Consejo aboga por reducir la carga administrativa en la tramitaci\u00f3n de las ayudas.<\/p>\n<p>Otro aspecto que el \u00f3rgano consultivo estima que habr\u00eda que simplificarse es la tramitaci\u00f3n para acceder de nuevo a la ayuda, cuando la v\u00edctima beneficiaria de la ayuda vuelva a sufrir violencias sexuales de manera acreditada, siempre que se cumplan con los requisitos al efecto, ya que esto puede acarrear una revictimizaci\u00f3n. Por eso ser\u00eda conveniente que la Administraci\u00f3n simplificase en la medida de lo posible los tr\u00e1mites requeridos para acceder de nuevo a la ayuda.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo, la exigencia de que el pago de la ayuda se realice en una cuenta bancaria de titularidad de la persona beneficiaria no tiene en cuenta que pueden existir casos en los que, debido a la situaci\u00f3n irregular o de vulnerabilidad de las v\u00edctimas, estas no puedan ser titulares de cuentas bancarias, por lo que ser\u00eda recomendable prever un mecanismo alternativo de pago.<\/p>\n<p><a href=\"\/es\/download\/dictamen-9-25-de-21-de-julio-sobre-el-proyecto-de-decreto-de-concesion-y-pago_victimas-de-violencias-sexuales\/\"><strong>Ver dictamen 9\/25<\/strong><\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El CES Vasco valora positivamente esta iniciativa que busca mejorar las condiciones de un colectivo especialmente vulnerable como es el de las mujeres, ni\u00f1os y ni\u00f1as v\u00edctimas de violencias sexuales,&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":4936,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[93],"tags":[114],"class_list":["post-4935","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-actualidad","tag-114"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/ces.pacay.es\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4935","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/ces.pacay.es\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/ces.pacay.es\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ces.pacay.es\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ces.pacay.es\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=4935"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/ces.pacay.es\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4935\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":5129,"href":"https:\/\/ces.pacay.es\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4935\/revisions\/5129"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ces.pacay.es\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/4936"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/ces.pacay.es\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=4935"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/ces.pacay.es\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=4935"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/ces.pacay.es\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=4935"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}