{"id":4965,"date":"2025-04-08T14:34:42","date_gmt":"2025-04-08T12:34:42","guid":{"rendered":"https:\/\/ces.pacay.es\/?p=4965"},"modified":"2026-04-09T10:48:10","modified_gmt":"2026-04-09T08:48:10","slug":"dictamen-del-ces-sobre-el-proyecto-de-decreto-por-el-que-se-aprueba-el-reglamento-de-la-ley-de-cooperativas-de-euskadi","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/ces.pacay.es\/es\/dictamen-del-ces-sobre-el-proyecto-de-decreto-por-el-que-se-aprueba-el-reglamento-de-la-ley-de-cooperativas-de-euskadi\/","title":{"rendered":"Dictamen del CES sobre el Proyecto de Decreto por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Cooperativas de Euskadi"},"content":{"rendered":"<p><strong>El CES Vasco valora positivamente tanto la iniciativa como el contenido del Proyecto de Decreto<\/strong><strong>.<\/strong><\/p>\n<p>El Consejo Econ\u00f3mico y Social Vasco ha emitido un informe sobre el<strong> \u201cProyecto de Decreto por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Cooperativas de Euskadi\u201d<\/strong>, trasladado por el Departamento de Econom\u00eda, Trabajo y Empleo. Tras analizarlo el Consejo plantea unas consideraciones que deber\u00edan tomarse en cuenta en la tramitaci\u00f3n del proyecto de Decreto.<\/p>\n<p>El objeto de esta norma es desarrollar la Ley 11\/2019, de 20 de diciembre, de Cooperativas de Euskadi, definiendo aquellas cuestiones que requieren un mayor detalle para garantizar una seguridad jur\u00eddica en la organizaci\u00f3n y funcionamiento de la persona jur\u00eddica cooperativa y en la actividad que desempe\u00f1a.<\/p>\n<p>La CAPV ostenta, en base al art\u00edculo 10.23 del Estatuto de Autonom\u00eda, competencia exclusiva en materia de cooperativas, y esto se ha plasmado en varias normativas, como la Ley 1\/1982 y la Ley 4\/1993, que modificaron el desarrollo legal para adaptarlo a las nuevas circunstancias y desaf\u00edos relacionados con las cooperativas. Ese contexto de dispersi\u00f3n normativa motiv\u00f3 la aprobaci\u00f3n de la Ley 11\/2019, que entre otros objetivos refundi\u00f3 los textos legales que fueron modificando la Ley 4\/1993 sucesivamente. La imposibilidad de la configuraci\u00f3n \u00edntegra de todos los aspectos regulatorios de las cooperativas y la realidad econ\u00f3mica, cada vez m\u00e1s globalizada y variable, hizo necesario poner en marcha un desarrollo normativo de la Ley 11\/2019, que trajo consigo el Decreto 84\/2023, de 13 de junio, por el que se aprueba el reglamento de organizaci\u00f3n y funcionamiento del Registro de Cooperativas de Euskadi, y posteriormente, con el Decreto 12\/2024, de 13 de febrero, sobre la inspecci\u00f3n y el procedimiento sancionador de cooperativas.<\/p>\n<p>El Proyecto de Decreto que se nos presenta aborda la regulaci\u00f3n de aspectos relacionados con el r\u00e9gimen societario, como la participaci\u00f3n en la actividad cooperativizada, baja societaria y situaci\u00f3n de excedencia; econ\u00f3mico, reembolso, reservas voluntarias, imputaci\u00f3n de p\u00e9rdidas, remuneraci\u00f3n de personas administradoras; y, sobre todo, con la integraci\u00f3n del tipo jur\u00eddico de determinadas clases de cooperativas m\u00ednimamente reguladas en la Ley, que suponen oportunidades de cooperativizar en nuevos sectores econ\u00f3micos emergentes as\u00ed como nuevas metodolog\u00edas de creaci\u00f3n y fomento de sociedades cooperativas.<\/p>\n<p>El CES Vasco valora positivamente tanto la iniciativa como el contenido del Proyecto de Decreto, ya que no existen otras alternativas regulatorias o no regulatorias para alcanzar los objetivos de la normativa ni las problem\u00e1ticas y necesidades a las que responde.<\/p>\n<p>En cualquier forma, el Consejo introduce algunas consideraciones como propuestas de mejora del texto analizado. En primer lugar, el presente Reglamento podr\u00eda incorporar el procedimiento de la elaboraci\u00f3n y registro de los planes de igualdad de las cooperativas, de forma que la obligatoriedad se haga efectiva. Actualmente se prev\u00e9 que esta acci\u00f3n se realizar\u00e1 a trav\u00e9s de una norma diferente y ser\u00eda conveniente por razones de uniformidad que en el Reglamento se incluyera esta medida.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, el Consejo considera que el per\u00edodo de tres a\u00f1os para que las personas socias trabajadoras o de trabajo titulares de contratos de duraci\u00f3n determinada puedan acceder a la condici\u00f3n de socias de duraci\u00f3n indefinida es excesivo. Si bien es cierto que este periodo viene recogido en el art. 26.2 de la Ley 11\/2019, la modificaci\u00f3n de la legislaci\u00f3n laboral (RDL 32\/2021) hace conveniente revisar la Ley de Cooperativas de Euskadi para aplicar una reducci\u00f3n del tiempo requerido para acceder a la condici\u00f3n de persona socia de duraci\u00f3n indefinida.<\/p>\n<p>(<strong><a href=\"\/es\/download\/dictamen-3-25-de-4-de-abril-sobre-el-proyecto-de-decreto-por-el-que-se-aprueba-el-reglamento-de-la-ley-de-cooperativas-de-euskadi\/\">Ver dictamen 3\/25<\/a><\/strong>)<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El CES Vasco valora positivamente tanto la iniciativa como el contenido del Proyecto de Decreto. 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