{"id":5328,"date":"2022-10-05T16:04:39","date_gmt":"2022-10-05T14:04:39","guid":{"rendered":"https:\/\/ces.pacay.es\/?p=5328"},"modified":"2026-04-09T16:14:05","modified_gmt":"2026-04-09T14:14:05","slug":"el-ces-vasco-emite-dictamen-sobre-el-anteproyecto-de-ley-de-infancia-y-adolescencia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/ces.pacay.es\/es\/el-ces-vasco-emite-dictamen-sobre-el-anteproyecto-de-ley-de-infancia-y-adolescencia\/","title":{"rendered":"El CES Vasco emite Dictamen sobre el Anteproyecto de Ley de Infancia y Adolescencia"},"content":{"rendered":"<ul>\n<li><strong>El CES Vasco<\/strong> <strong>considera adecuada la tramitaci\u00f3n de la norma y<\/strong><strong> valora positivamente que se recoja en un \u00fanico texto legal, la regulaci\u00f3n y desarrollo de todas las cuestiones referidas a la infancia y la adolescencia en el Pa\u00eds Vasco.<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p>El Consejo Econ\u00f3mico y Social Vasco ha emitido un informe sobre el \u201cAnteproyecto de Ley de Infancia y Adolescencia\u201d, elaborado por el Departamento de Igualdad, Justicia y Pol\u00edticas Sociales del Gobierno Vasco. En su respuesta, el Consejo considera adecuada su tramitaci\u00f3n, y valora positivamente el nuevo marco regulatorio de car\u00e1cter integral, ya que contribuye a que exista una menor dispersi\u00f3n dentro del ordenamiento jur\u00eddico vasco y facilita la interpretaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de las distintas normas, tanto estatales, como auton\u00f3micas, que afectan a las personas menores de edad.<\/p>\n<p>La iniciativa legislativa, tiene como objeto conformar un nuevo marco jur\u00eddico de referencia en el Pa\u00eds Vasco, en lo que se refiere a la materia completa de infancia y adolescencia, con el objeto de garantizar a todas las personas menores de edad que residan o se encuentren en la CAPV el ejercicio de cuantos derechos y libertades les reconoce el ordenamiento jur\u00eddico (internacional, europeo y estatal).<\/p>\n<p>El CES considera la norma garantista, integral y transversal, debido a que tiene en cuenta a la infancia y la adolescencia como sujetos de derecho, e integra t\u00e9rminos como la promoci\u00f3n a todos los niveles, la obligatoriedad de los informes de impacto en la infancia en todos los proyectos de ley o la participaci\u00f3n infantil. No obstante, el dictamen recoge algunas consideraciones con el fin de mejorar el documento.<\/p>\n<p>En lo referente a su contenido, el \u00f3rgano consultivo vasco recomienda reducir la extensi\u00f3n del mismo, evitando redundancias y relegando a desarrollo reglamentario parte del contenido, tal y como se har\u00e1 con las cuestiones que no se han concretado y que quedan sujetas a reglamentaci\u00f3n posterior. De igual modo, propone eliminar el Cap\u00edtulo de Deberes de los ni\u00f1os, las ni\u00f1as y adolescentes, por carecer de l\u00f3gica jur\u00eddica. En cambio, considera necesario incorporar las referencias concretas y conexiones con otras leyes que tienen relaci\u00f3n con los ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes, as\u00ed como incluir alg\u00fan articulado espec\u00edfico que tenga en cuenta las especificidades de la adolescencia.<\/p>\n<p>En lo que respecta a la elaboraci\u00f3n de la norma, el CES estima necesario promover la participaci\u00f3n real de ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes. Para ello, recomienda incorporar espacios de reflexi\u00f3n, formaci\u00f3n y debate espec\u00edficos para estos y estas, y los recursos necesarios para su acompa\u00f1amiento. Adem\u00e1s, sugiere considerar la participaci\u00f3n de ni\u00f1os y ni\u00f1as que se encuentran o hayan estado en el sistema de protecci\u00f3n.<\/p>\n<p>Asimismo, el CES estima conveniente y recomendable fomentar entre los ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes el conocimiento y el cumplimiento de sus deberes, obligaciones y responsabilidades, tanto desde el \u00e1mbito familiar, comunitario, como del educativo, y fortalecer las responsabilidades de todas las instancias en el acompa\u00f1amiento de estos y estas hasta alcanzar su plena autonom\u00eda.<\/p>\n<p>Haciendo alusi\u00f3n a los agentes que act\u00faan con los ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes, el consejo recomienda garantizar en la norma la coordinaci\u00f3n entre los diferentes agentes para una mejor comprensi\u00f3n y aplicaci\u00f3n de la misma, y sugiere revisar la duplicidad de los nombres de figuras incluidas en el documento, as\u00ed como la profusi\u00f3n de \u00f3rganos con funciones similares. En cuanto a las figuras incluidas, considera necesario dotar de mayor fuerza en la Ley a la figura de la Oficina de infancia y adolescencia del Ararteko.<\/p>\n<p>En referencia a la administraci\u00f3n p\u00fablica, el CES estima oportuno prever los recursos necesarios para apoyar casos concretos de discapacidad de cualquier tipo, de manera que las personas menores con discapacidad puedan relacionarse con la administraci\u00f3n p\u00fablica en igualdad de oportunidades. Asimismo, con un enfoque de prevenci\u00f3n, considera necesario dise\u00f1ar en el marco de la acci\u00f3n protectora de las administraciones, pol\u00edticas de salvaguarda y espacios seguros, para garantizar la detecci\u00f3n, reporte y respuesta ante todos los tipos de violencia hacia ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes, Adem\u00e1s, insta a reconocer e incluir en la ley la universalidad de las prestaciones vinculadas a la crianza y a la lucha contra la pobreza infantil, y considera que deber\u00eda promover la accesibilidad e incremento de los recursos destinados a la salud mental, para que los problemas relacionados con esta no derive en exclusi\u00f3n social.<\/p>\n<p>En cuanto al lenguaje utilizado, el \u00f3rgano consultivo recomienda emplear un lenguaje inclusivo, as\u00ed como prestar atenci\u00f3n a la diversidad, para\u00a0dar respuesta a las diferentes capacidades, ritmos y estilos de aprendizaje, motivaciones, intereses, situaciones socioecon\u00f3micas y culturales, ling\u00fc\u00edsticas y de salud de los ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes.<\/p>\n<p>Asimismo, el consejo advierte que, cuando se regula el derecho a la educaci\u00f3n, no se hace referencia alguna a las personas menores con altas capacidades, que tambi\u00e9n requieren adaptaciones y ajustes espec\u00edficos en el \u00e1mbito educativo, de igual manera que se consideran las necesidades de las personas menores con discapacidad y con dificultades de inclusi\u00f3n.<\/p>\n<p>Relacionado con este \u00faltimo punto, el dictamen advierte que el anteproyecto de ley no prev\u00e9 medidas espec\u00edficas que cubran las necesidades de ni\u00f1os y ni\u00f1as de origen migrante sin referentes familiares, adem\u00e1s de no reconocer las barreras que existen en el \u00e1mbito rural para el acceso a servicios. Adem\u00e1s, muestra su preocupaci\u00f3n sobre c\u00f3mo se recoge lo relativo a los derechos y libertades de los ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes trans, ya que no se especifica de qu\u00e9 manera se articula y se garantiza esa libertad.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo, invita a revisar los t\u00e9rminos utilizados para hacer referencia a la diversidad familiar y la diversidad cultural, con la utilizaci\u00f3n de t\u00e9rminos que reflejen los diferentes tipos de familias, como por ejemplo figura(s) parental(es) o marental(es), y t\u00e9rminos m\u00e1s adecuados para referirse a la diversidad cultural, como \u201cidentidad cultural\u201d o \u201cpa\u00eds de origen\u201d. Al hilo de esto, recomienda utilizar \u201cpersonas menores de edad\u201d, frente a la utilizaci\u00f3n de \u201cmenor\u201d o \u201cmenores\u201d, a no ser que sea necesario hacer hincapi\u00e9 en la minor\u00eda de edad por alguna raz\u00f3n con fundamento jur\u00eddico.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El CES Vasco considera adecuada la tramitaci\u00f3n de la norma y valora positivamente que se recoja en un \u00fanico texto legal, la regulaci\u00f3n y desarrollo de todas las cuestiones referidas&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":5329,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[93],"tags":[119],"class_list":["post-5328","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-actualidad","tag-119"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/ces.pacay.es\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5328","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/ces.pacay.es\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/ces.pacay.es\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ces.pacay.es\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ces.pacay.es\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=5328"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/ces.pacay.es\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5328\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":5330,"href":"https:\/\/ces.pacay.es\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5328\/revisions\/5330"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ces.pacay.es\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/5329"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/ces.pacay.es\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=5328"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/ces.pacay.es\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=5328"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/ces.pacay.es\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=5328"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}