{"id":5486,"date":"2021-05-14T10:10:11","date_gmt":"2021-05-14T08:10:11","guid":{"rendered":"https:\/\/ces.pacay.es\/?p=5486"},"modified":"2026-04-10T10:17:45","modified_gmt":"2026-04-10T08:17:45","slug":"dictamen-del-ces-sobre-el-proyecto-de-decreto-que-regula-las-condiciones-minimas-de-habitabilidad-de-las-viviendas-y-alojamientos-dotacionales","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/ces.pacay.es\/es\/dictamen-del-ces-sobre-el-proyecto-de-decreto-que-regula-las-condiciones-minimas-de-habitabilidad-de-las-viviendas-y-alojamientos-dotacionales\/","title":{"rendered":"Dictamen del CES sobre el proyecto de decreto que regula las condiciones m\u00ednimas de habitabilidad de las viviendas y alojamientos dotacionales"},"content":{"rendered":"<ul>\n<li>El CES considera adecuada la tramitaci\u00f3n del \u201cProyecto de Decreto por el que regulan las condiciones m\u00ednimas de habitabilidad de las viviendas y alojamientos dotacionales en la CAPV\u201d, con las observaciones expresadas en el dictamen.<\/li>\n<li>El proyecto dictaminado regula la habitabilidad, entendida como un espacio que permite desarrollar un proyecto de vida, que cumple unos requisitos b\u00e1sicos de superficie y altura, confort t\u00e9rmico, equipamiento, salubridad, accesibilidad, uso y mantenimiento, entre otros aspectos.<\/li>\n<li>El CES califica la norma de \u201coportuna y acertada\u201d. En sus consideraciones observa que el proyecto no fija el plazo para revertir una declaraci\u00f3n de inhabitabilidad y sugiere que las definiciones de t\u00e9rminos y conceptos se recojan en el inicio del texto normativo para una mejor comprensi\u00f3n del documento.<\/li>\n<\/ul>\n<p>El Consejo Econ\u00f3mico y Social Vasco considera adecuada la tramitaci\u00f3n del \u201cProyecto de Decreto por el que regulan las condiciones m\u00ednimas de habitabilidad de las viviendas y alojamientos dotacionales en la CAPV\u201d, con las observaciones expresadas en el dictamen. El proyecto ha sido remitido por el Departamento de Planificaci\u00f3n Territorial, Vivienda y Transportes del Gobierno Vasco.<\/p>\n<p>El decreto tiene por objeto establecer las condiciones m\u00ednimas de habitabilidad que deben cumplir las viviendas y alojamientos dotacionales ubicados en la CAPV, as\u00ed como los edificios de uso predominantemente residencial que los albergan, para garantizar que sean dignos, adecuados y accesibles. El texto tambi\u00e9n determina las normas de dise\u00f1o que deben respetar las viviendas de protecci\u00f3n p\u00fablica a efectos de su calificaci\u00f3n.<\/p>\n<p>El proyecto dictaminado regula la habitabilidad de la vivienda, entendida como un espacio que permite desarrollar un proyecto de vida, que cumple unos requisitos b\u00e1sicos de superficie y altura, confort t\u00e9rmico, equipamiento, salubridad, accesibilidad, uso y mantenimiento, sin olvidar la flexibilidad o versatilidad que debe ofrecer para su adaptaci\u00f3n a las distintas etapas de la vida, as\u00ed como a las nuevas necesidades y formas de vida modernas.<\/p>\n<p>Estas condiciones de habitabilidad de la vivienda nueva son comunes a la vivienda de promoci\u00f3n libre y a la vivienda p\u00fablica, aunque esta \u00faltima debe cumplir unas normas de dise\u00f1o que condicionan la superficie m\u00e1xima de la vivienda con el programa habitacional; al igual que sucede con los alojamientos dotacionales. Sobre estas premisas, el CES estima que la norma es <em>\u201coportuna y acertada, ya que permite la unificaci\u00f3n, y su redacci\u00f3n resulta minuciosa y t\u00e9cnica\u201d<\/em>.<\/p>\n<p><strong>Plazo para revertir la declaraci\u00f3n de inhabitabilidad<\/strong><\/p>\n<p>El dictamen del consejo consultivo vasco incorpora una serie de consideraciones espec\u00edficas como propuestas de mejora del texto analizado. As\u00ed, por ejemplo, el Consejo observa que el proyecto de decreto no indica el plazo determinado para intentar revertir una declaraci\u00f3n de inhabitabilidad. Tambi\u00e9n recomienda incluir la obligatoriedad de instalar extintores y planes de evacuaci\u00f3n en las viviendas y alojamientos dotacionales existentes que no son objeto de rehabilitaci\u00f3n, un aspecto que <em>\u201cest\u00e1 regulada en otras normativas, pero no estar\u00eda de m\u00e1s que aparezca expl\u00edcitamente en \u00e9sta\u201d<\/em>.<\/p>\n<p>En cuanto a los supuestos de exenci\u00f3n en aquellos casos en los que la especial y compleja morfolog\u00eda de las edificaciones y del parcelario existente imposibilite el cumplimiento de las condiciones de habitabilidad y normas de dise\u00f1o -siempre y cuando el planeamiento urban\u00edstico as\u00ed lo contemple-, el Consejo propone la adici\u00f3n del siguiente texto a la norma: <em>\u201cy <\/em><em>siempre que se encuentren en buen estado de uso, conservaci\u00f3n, salubridad, higiene y seguridad\u201d<\/em>.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo, sugiere que las definiciones de los t\u00e9rminos y conceptos se recojan en el inicio del texto normativo, en lugar del \u00faltimo anexo, al objeto de hacer m\u00e1s comprensible el documento.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El CES considera adecuada la tramitaci\u00f3n del \u201cProyecto de Decreto por el que regulan las condiciones m\u00ednimas de habitabilidad de las viviendas y alojamientos dotacionales en la CAPV\u201d, con las&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":5487,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[93],"tags":[121],"class_list":["post-5486","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-actualidad","tag-121"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/ces.pacay.es\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5486","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/ces.pacay.es\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/ces.pacay.es\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ces.pacay.es\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ces.pacay.es\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=5486"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/ces.pacay.es\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5486\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":5488,"href":"https:\/\/ces.pacay.es\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5486\/revisions\/5488"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ces.pacay.es\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/5487"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/ces.pacay.es\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=5486"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/ces.pacay.es\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=5486"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/ces.pacay.es\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=5486"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}