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  • Fecha de creación 25 de enero de 2022
  • Última actualización 27 de marzo de 2026

Dictamen 2/22 de 25 de enero relativo al Proyecto de Decreto de segunda modificación del Decreto de agencias de viajes

El día 11 de enero de 2022 tuvo entrada en el Consejo Económico y Social Vasco escrito del Departamento de Turismo, Comercio y Consumo, solicitando informe sobre el Proyecto de Decreto de segunda modificación del Decreto de agencias de viajes, según lo establecido en el artículo 3.1.b) de la Ley 8/2012, de 17 de mayo del Consejo Económico y Social Vasco. El Departamento solicita que el informe sea tramitado por la vía de urgencia.

Se trata de un Proyecto de Decreto elaborado por el Departamento de Turismo, Comercio y Consumo, que, en el ejercicio de la competencia exclusiva en materia de turismo que el artículo 10.36 del Estatuto de Autonomía del País Vasco confiere a la CAPV, se dirige a adaptar la legislación vasca en materia de agencias de viaje a los cambios suscitados en el ámbito de las garantías frente a la insolvencia por la normativa comunitaria, por, concretamente, la Directiva (UE) 2015/2302 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015, relativa a los viajes combinados y a los servicios de viaje vinculados, y la legislación estatal básica que la incorpora al orden interno, completando la misma en los aspectos que competencialmente corresponde dictar a la CAPV.

El día 12 de enero se dio traslado del Proyecto de Decreto a todos los miembros del Pleno del Consejo a fin de que remitieran sus propuestas y opiniones, dándose traslado de todas ellas a la Comisión de Trabajo pertinente, la Comisión de Desarrollo Económico, según lo establecido en el Reglamento de Funcionamiento del Consejo Económico y Social Vasco. La Comisión de Desarrollo Económico se reunió en sesión de trabajo el día 20 de enero de 2022 para debatir una propuesta de Anteproyecto de Dictamen y acordó emitir Proyecto de Dictamen, que se elevó al Pleno del CES Vasco reunido el día 25 de enero de 2022 donde se aprueba por unanimidad.

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