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  • Fecha de creación 6 de octubre de 2023
  • Última actualización 27 de marzo de 2026

Dictamen 12/23 de 6 de octubre, sobre el Proyecto de Decreto por el que se modifican diversos Decretos y Órdenes en materia de Entidades de Previsión Social Voluntaria

El día El 17 de julio de 2023 tuvo entrada en el Consejo Económico y Social Vasco escrito del Departamento de Economía y Hacienda, solicitando informe sobre el “Proyecto de Decreto por el que se modifican diversos Decretos y Órdenes en materia de Entidades de Previsión Social Voluntaria”, según lo establecido en el artículo 3.1 de la Ley 8/2012, de 17 de mayo, del Consejo Económico y Social Vasco.

El objeto de la norma es la modificación de los siguientes decretos en materia de Entidades de Previsión Social Voluntaria (en adelante, EPSV):

  • Decreto 87/1984, de 20 de febrero por el que se aprueba el Reglamento de la Ley sobre EPSV,
  • Decreto 92/2007, de 29 de mayo, por el que se regula el ejercicio de determinadas actividades de las EPSV, y
  • Decreto 203/2015, de 27 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 5/2012, de 23 de febrero sobre EPSV.

Las modificaciones introducidas en esos tres decretos implican, a su vez, modificaciones en las dos órdenes siguientes:

  • Orden de 29 de abril de 2009, de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, por la que se desarrollan determinados preceptos del Decreto 92/2007, de 29 de mayo, por el que se regula el ejercicio de determinadas actividades de las EPSV.
  • Orden de 19 de julio de 2016, del Consejero de Hacienda y Finanzas, por la que se regula la organización y el funcionamiento del Fichero General de Socios de las EPSV.

De manera inmediata fue enviada copia del documento a todos los miembros del Pleno del Consejo a fin de que remitieran sus propuestas y opiniones y dar traslado de estas a la Comisión de Trabajo pertinente, según lo establecido en el Reglamento de Funcionamiento del Consejo Económico y Social Vasco. Los días 11 y 19 de septiembre 2023 se reúne la Comisión de Desarrollo Económico y, a partir de los acuerdos adoptados, se formula el presente Proyecto de Dictamen para su elevación al Pleno del Consejo de 6 de octubre donde se aprueba por mayoría con el voto particular de CCOO de Euskadi.

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